La pensión de alimentos no siempre se resuelve por acuerdo. Cuando hay ocultamiento de ingresos o incumplimiento reiterado, la causa requiere una estrategia litigada.
Representamos causas de alimentos en sus distintas etapas:
Solicitud inicial de pensión cuando no existe acuerdo previo entre las partes.
Modificación de una pensión ya fijada, por cambios en la capacidad económica de las partes o las necesidades del hijo o hija.
Solicitud de término de la pensión cuando corresponde legalmente, por ejemplo al alcanzar la mayoría de edad sin estudios en curso.
Gestión de arresto nocturno, retención de licencia y otras medidas cuando el alimentante incumple de forma reiterada.
Qué hacer según tu situación:
Liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios o cualquier indicio de ingresos no declarados son clave para fijar un monto justo.
Salud, educación y necesidades básicas ayudan a sustentar el monto solicitado.
Evaluamos tu caso y te representamos en la audiencia respectiva ante el Tribunal de Familia.
Cómo te representamos:
Presentación de demanda de alimentos
Defensa frente a demandas de aumento o rebaja
Investigación de la real capacidad económica del alimentante
Solicitud de apremios por incumplimiento
Representación en audiencias de conciliación y juicio
El tribunal considera las necesidades del hijo o hija y la capacidad económica del alimentante, incluyendo ingresos no declarados cuando existen indicios de ellos.
Aun sin boletas de sueldo, el tribunal puede presumir capacidad económica en base a bienes, gastos o estilo de vida, y fijar la pensión en consecuencia.
Puedes solicitar apremios, incluyendo arresto nocturno y retención de licencia de conducir, además de la vía de cobro judicial de las cuotas adeudadas.
Es un registro creado por la Ley 21.389 donde se inscribe a quienes acumulan deudas de pensión. Estar inscrito impide renovar licencia de conducir o pasaporte, y bloquea la venta de vehículos o inmuebles sin pagar antes la deuda.
No directamente: si el demandante de rebaja o cese tiene inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores, el tribunal debe declarar inadmisible esa demanda, salvo que presente antecedentes calificados que justifiquen una excepción.
Atendemos causas en Temuco, Padre Las Casas, Pucón, Villarrica, Lautaro, Vilcún, Victoria, Carahue, Nueva Imperial, Pitrufquén, Angol, Collipulli, Traiguén, Curacautín y el resto de la Araucanía (IX Región).
Respondemos en 24 a 48 horas hábiles. Cuéntanos los antecedentes básicos de tu situación por WhatsApp.
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