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Causas Penales — Ley 20.066

Abogado Penal por Maltrato Habitual en Temuco

Cuando la violencia intrafamiliar se repite en el tiempo, deja de ser solo un asunto de familia: se convierte en un delito penal aparte, con su propio proceso y sus propias consecuencias. Representamos tanto a quienes denuncian como a quienes son imputados.

Dos vías, dos tribunales distintos

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Cómo te representamos

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia el maltrato habitual de una denuncia VIF de familia?

El Tribunal de Familia conoce los actos de violencia intrafamiliar que no son delito, aplicando multas y medidas de protección. El maltrato habitual (art. 14, Ley 20.066) es un delito penal aparte, distinto y más grave, que se investiga por el Ministerio Público.

¿Cómo llega una causa de familia a convertirse en un delito penal?

El Ministerio Público sólo puede iniciar la investigación de maltrato habitual cuando el respectivo Juzgado de Familia le remite los antecedentes, tras calificar los hechos como constitutivos de este delito.

¿Qué pena arriesga el delito de maltrato habitual?

Presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años), salvo que los hechos constituyan un delito de mayor gravedad (por ejemplo lesiones), caso en el cual se aplica la pena de ese delito más grave.

¿Cómo se determina si hubo 'habitualidad'?

Se evalúa según el número de actos ejecutados y su proximidad temporal, independientemente de si la violencia se ejerció sobre la misma persona o sobre distintas víctimas del grupo familiar. No se consideran hechos anteriores ya resueltos por sentencia penal.

¿El maltrato habitual incluye violencia económica?

Sí, la ley vigente sanciona el ejercicio habitual de violencia física, psíquica o económica respecto de las personas protegidas por la Ley 20.066.

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Contenido elaborado por Víctor Schuster Montiel — Abogado · Magíster en Derecho Penal y Proceso Penal (Universidad Mayor).

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