Los delitos contra la propiedad tienen distintas categorías legales, y la diferencia entre ellas puede cambiar completamente el tratamiento de tu causa.
Representamos causas en las distintas figuras que contempla el Código Penal:
Sustracción de especies mediante escalamiento, fractura o uso de llaves falsas, entre otras modalidades.
Casos donde se ejerce fuerza física o amenaza sobre la víctima, tratados con mayor severidad.
Sustracción sin violencia ni fuerza, cuya gravedad depende principalmente del valor de lo sustraído.
Recibir, transportar o comercializar especies que se conoce o debía conocerse que provienen de un delito.
Qué hacer si te imputan un delito contra la propiedad:
La forma en que se relatan los hechos en las primeras horas puede usarse después en tu contra.
Podemos revisar los antecedentes disponibles y representarte desde la primera audiencia.
Boletas, contratos de trabajo o cualquier prueba sobre el origen de especies en tu poder puede ser relevante.
Representamos tanto a la persona imputada como a la víctima que decida constituirse en querellante:
Defensa en control de detención y formalización
Discusión de la calificación jurídica de los hechos (robo vs. hurto vs. receptación)
Solicitud de medidas cautelares menos gravosas
Negociación de salidas alternativas cuando corresponde
Defensa en juicio oral cuando la causa lo requiere
Representación de víctimas mediante querella, cuando la persona afectada busca justicia en el proceso penal
El robo implica fuerza en las cosas o violencia/intimidación sobre las personas; el hurto es la sustracción sin esos elementos. La calificación jurídica cambia sustancialmente las consecuencias de la causa.
Es recibir, guardar, transportar o comercializar especies sabiendo o debiendo saber que provienen de un delito, aunque no se haya participado en el hecho original.
Sí, el robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación se sanciona con mayor severidad que en lugar no habitado, debido al riesgo adicional para las personas que ahí residen.
La irreprochable conducta anterior puede abrir la puerta a salidas alternativas, como la suspensión condicional del procedimiento, dependiendo de la gravedad del hecho y de lo que resuelva el Ministerio Público.
Sí, en el hurto el valor de lo sustraído incide directamente en si se trata como falta o como simple delito, lo que cambia el tratamiento de la causa.
Atendemos causas en Temuco, Padre Las Casas, Pucón, Villarrica, Lautaro, Vilcún, Victoria, Carahue, Nueva Imperial, Pitrufquén, Angol, Collipulli, Traiguén, Curacautín y el resto de la Araucanía (IX Región).
Atención urgente las 24 horas, todos los días. Cuéntanos los antecedentes básicos de tu situación por WhatsApp, incluso fuera de horario hábil.
Escribir por WhatsAppContenido elaborado por Víctor Schuster Montiel — Abogado · Magíster en Derecho Penal y Proceso Penal (Universidad Mayor).