Si detuvieron a un familiar o te citaron a declarar, las primeras horas definen la defensa. Esta guía explica tus derechos, el control de detención y cómo actuar. Atención penal 24/7.
Mantén la calma y sigue este orden. Cada paso protege a la persona detenida:
Por WhatsApp o teléfono al +56 9 7570 7636. Asumimos la defensa desde ese primer contacto, antes del control de detención.
Nombre completo, RUT, unidad policial o comisaría donde está la persona, hora aproximada de la detención y delito que se le atribuye, si lo sabes.
Tienes derecho a guardar silencio (art. 93 del Código Procesal Penal). Cualquier declaración queda registrada y puede usarse después.
Ni documentos de la policía ni autorizaciones de registro sin asesoría: pueden afectar la defensa.
Domicilio, contrato de trabajo, certificados de estudios y antecedentes de arraigo ayudan a pedir una medida cautelar menos grave.
Estas son las reglas básicas del Código Procesal Penal (CPP) que usamos desde la primera hora:
La policía debe poner al detenido a disposición del juez de garantía dentro de 24 horas. En detenciones por flagrancia, también debe informar al Ministerio Público dentro de un plazo breve.
El juez revisa la legalidad de la detención. Si el fiscal pide ampliar el plazo de detención, la defensa puede oponerse.
Ser informado de los hechos que se le atribuyen, guardar silencio y ser asistido por un defensor desde las primeras actuaciones.
Exige antecedentes que justifiquen la existencia del delito y la participación del imputado, y que la medida sea necesaria para los fines del procedimiento.
Arresto domiciliario, firma periódica, arraigo nacional y prohibición de acercamiento, entre otras: son la alternativa a la prisión preventiva.
Es una audiencia breve pero decisiva. En ella se resuelve lo siguiente:
El juez revisa si la policía actuó dentro de la ley. Si hubo irregularidades, la defensa las hace valer.
Si el fiscal formaliza, comunica al imputado los delitos que se investigan. No es una condena.
La fiscalía puede pedir prisión preventiva u otra cautelar. La defensa argumenta con arraigo, antecedentes y proporcionalidad para obtener la menos gravosa.
Muchas personas llegan por una citación de la fiscalía o la policía. No estás privado de libertad, pero lo que declares puede usarse en tu contra. Antes de presentarte, escríbenos con la citación: evaluamos si conviene declarar, cuándo y cómo, y te acompañamos.
Atendemos urgencias penales también en la Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Chiloé. Cuando el tribunal lo autoriza, solicitamos participar en el control de detención por videoconferencia; si no lo autoriza, asistimos presencialmente. El traslado está incluido en los honorarios.
Valdivia, La Unión, Río Bueno, Panguipulli y toda la región.
Abogado penalista en Valdivia → Osorno → Puerto Montt → Chiloé →
La policía debe poner al detenido a disposición del juez de garantía dentro de las 24 horas siguientes a la detención (art. 131 del Código Procesal Penal). En ciertos casos, el fiscal puede solicitar ampliar ese plazo hasta por tres días (art. 132). Por eso conviene contar con un abogado desde el primer minuto.
Tienes derecho a guardar silencio y a ser asistido por un defensor desde las primeras actuaciones (art. 93 del Código Procesal Penal). Antes de decir algo que quede en un registro, lo prudente es hablar primero con tu abogado.
Es la primera audiencia ante el juez de garantía. Allí se revisa si la detención fue legal y, si el fiscal formaliza la investigación, se discute qué medidas cautelares corresponden: desde la libertad hasta la prisión preventiva.
No. Una citación no implica privación de libertad, pero tampoco conviene presentarse sin asesoría: lo que declares puede usarse después. Escríbenos con la citación y evaluamos cómo y cuándo comparecer.
Sí. Atendemos urgencias penales en la Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Chiloé. Cuando el tribunal lo autoriza, solicitamos participar en el control de detención por videoconferencia; si no, asistimos presencialmente, con traslado incluido en los honorarios.
Escríbenos por WhatsApp con los datos básicos y te indicamos el valor según la materia y la urgencia. La prioridad es que alguien asuma la defensa antes del control de detención.
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